Maria Celina Chavez

Derecho a la vivienda

de Maria Celina Chavez - martes, 26 de marzo de 2024, 21:04
 

Por vivienda, en términos generales se entiende el refugio natural, o construido por la mano del hombre, en el que éste habita de modo temporal o permanente. En su sentido más amplio, el derecho a la vivienda es el derecho de toda mujer, todo hombre y todo niño a un lugar apropiado y seguro en el que pueda vivir en paz y dignidad (ONU, 1995).

En cuanto a que signifique que sea digna podría entenderse que es digna aquella vivienda que da cumplimiento a las más básicas necesidades del hombre, como pueden ser una cierta privacidad -intimidad- y un elemental equipamiento.

La falta de vivienda adecuada es uno de los problemas más importantes a los que se enfrenta la humanidad. (…) Por su parte, la Organización Mundial de la Salud (omS) hizo hincapié en que la vivienda es el factor ambiental más importante asociado a la enfermedad y la esperanza de vida. En muchas naciones, la falta de vivienda adecuada se ha vinculado a epidemias, delincuencia y malestar social. Cabe aclarar que no se trata de un fenómeno que afecta exclusivamente a los países subdesarrollados.

En el caso de las grandes urbes, la concentración de millones de personas en territorios reducidos, junto con el crecimiento poblacional acelerado, provoca la carencia de espacios y el déficit de viviendas. Este déficit habitacional es un indicador de la cantidad de viviendas faltantes con relación al número de hogares, lo cual permite alcanzar una cuantificación objetiva de la problemática de la vivienda en un distrito determinado.

FUENTES:
Grupo 4: Cardozo, Chavez, Ferreyra, Gaspar, Sánchez

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